Carrera docente universitaria
Expte: 100-31.404/87
La Plata, 22 de marzo de 1988.-
Visto el proyecto de Ordenanza que reglamenta la Carrera Docente y los dictámenes de las Comisiones de Interpretación y Reglamento y de Enseñanza, y
CONSIDERANDO
-----------
que la Carrera Docente Universitaria es la materialización de un Sistema
Orgánico De Formación Docente Institucionalizado, que posibilite,
de un modo racional y en el marco conceptual de todo proyecto de Formación
de Recursos Humanos en general, y de Formación Docente Universitaria
en particular la realización de un conjunto de experiencias educativas
que conduzcan al perfeccionamiento de la tarea docente por medio de un proceso
flexible, sistemático y permanente de formación y capacitación
del docente universitario, integrado al currículum académico.
En tal sentido se enmarca dentro de lo preceptuado por el artículo 1º
parte b) de la Ordenanza 184 y sus concordantes, artículos 19º a
24º;
-----------que
la Carrera Docente Universitaria se concibe dentro del marco de una Universidad
Democrática, pluralista y participativa. En este contexto, se extiende
el rol fundamental de la Universidad, como productora de conocimientos al servicio
de la sociedad que la sostiene y se concibe a la enseñanza como multiplicadora
del proceso de formulación de los conocimientos, de las doctrinas y de
las construcciones de otros. Para que este fin pueda materializarse, la docencia
universitaria reclama una labor dinámica que se nutre de la enseñanza
y de la investigación, transformándose así en docencia
activa, en autodocencia y entendiendo la relación con el conocimiento
como un proceso de transformación recíproca en donde el sujeto,
en la medida en que conoce, transforma la realidad y a sí mismo;
-----------que
en tal sentido y apuntando a los fines precedentemente descriptos, la docencia
universitaria se visualiza como enseñanza, investigación y extensión,
aspectos intrínsecamente vinculados a la labor concreta que deben realizar
los docentes universitarios.
-----------Así,
se aspira a la formación y el desarrollo de docentes que:
-----------Perfeccionen
sus conocimientos es sus campos o disciplinas específicas buscando mayor
capacidad de generación de nuevos conocimientos que puedan ser transferidos
a la sociedad;
-----------Incorporen
sistemáticamente en su práctica cotidiana los fundamentos científicos
del quehacer pedagógico-didáctico y velen por su perfeccionamiento
continuo;
-----------Desarrollen
una visión crítica que les permita cuestionar la adecuación
de su desempeño a la luz de los resultados de su tarea, superar falsas
dicotomías y contradicciones, comprender la realidad universitaria del
presente en todas suss facetas, valorizar los aportes de otras disciplinas,
facilitar la apropiación del conocimiento a sectores progresivamente
ampliados de la sociedad;
-----------Intercambien
y confronten sus puntos de vista, tanto en lo que hace a la disciplina específica
como a sus propias experiencias docentes, favoreciendo la participación
a través del estímulo e integración de equipos de trabajo;
-----------Se
conceptualiza la carrera docente como un proceso sistemático y permanente
en el área disciplinaria específica del conocimiento, en los aspectos
pedagógico-didáctico y en la labor institucional;
-----------Se
aspira a la formación del docente universitario con un nítido
perfil académico, consciente del compromiso social implicado en su labor
y con vocación de servicio hacia la institución y la comunidad;
Son objetivos del plan de la carrera:
-----------Integrar
en la práctica docente universitaria los roles correspondientes a la
docencia, la investigación y la extensión universitaria;
-----------Lograr
una capacitación docente acorde con los desarrollos actuales, teóricos
y aplicados, en las ciencias humanísticas y educacionales;
-----------Desarrollar
habilidades para diseñar, implementar, orientar y evaluar los procesos
de enseñanza-aprendizaje en el nivel universitario, adaptadas a las pluralidades
de la labor;
-----------Propiciar
la reflexión acerca de la práctica docente sobre bases teóricas
a través de la evaluación y autoevaluación permanentes
que conduzcan a la optimización de la educación universitaria;
-----------Apreciar
el valor del conocimiento social, humanístico y específicamente
educacional y del enfoque interdisciplinario en la práctica de la educación
universitaria;
-----------Desarrollar
actitudes flexibles, de apertura, orientadas hacia la percepción y resolución
de problemas, que faciliten el abordaje a una realidad multifacética
y cambiante que demanda permanentes esfuerzos como es la vida universitaria;
Por ello,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA
O R D E N A
CAPÍTULO
I
DE LA ESTRUCTURA DEL PLAN DE LA CARRERA
Art. 1º:
El Plan de la Carrera Docente Universitaria, en concordancia con los objetivos
planteados, garantizará en su diseño curricular
1.- Unidad entre Docencia, Investigación y Extensión.
2.- Unidad entre teoría y práctica de la enseñanza.
3.- Enfoque interdisciplinario de las problemáticas.
4.- Modelos abiertos, flexibles, que permitan adecuar las formas
a las particularidades de la tarea docente en las distintas unidades académicas.
Art. 2º:
La estructura del plan se apoya en tres áreas básicas de contenidos,
a saber:
a) Área pedagógica
b) Área científica
c) Área institucional-social,
Cada una de las cuales caracterizadas de la siguiente manera:
ÁREA
PEDAGOGÍCA:
-----------Aportará
la fundamentación científica a las cuestiones educacionales, haciendo
especial referencia a la problemática de la enseñanza superior
y el respaldo teórico a la práctica educativa. Para ello analizará
la educación de acuerdo a las diferentes teorías educativas, enfoques
teóricos-metodológicos, aspectos administrativos y de gestión,
aspectos psicosociales e interdisciplinarios. Pondrá atención
a las relaciones humanas procurando favorecer el desenvolvimiento armónico
y productivo de los grupos de aprendizaje y de trabajo.
ÁREA CIENTÍFICA:
-----------Abordará
la profundización y enriquecimiento en la disciplina o profesión
de origen del docente a través del estudio y análisis de los avances
científicos y técnicos producidos por la investigación.
Procurará la actualización académica permanente y la vinculación
entre el saber científico y el resto de la cultura orientada hacia la
comprensión del papel de la ciencia y la tecnología en la sociedad
y la vida humana.
ÁREA INSTITUCIONAL-SOCIAL
-----------Se
centrará en el análisis de las funciones de la Universidad de
acuerdo con las demandas socio-políticas, económicas y culturales
en el contexto regional, nacional e internacional.
-----------Abordará
la problemática de la estructura, funcionamiento y gestión de
política y prácticas esucativas, en el nivel universitario.
CAPÍTULO
II
DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS
Art. 3º:
La carrera docente universitaria se articulará en dos (2) ciclos
a) Ciclo de Formación Docente Común
b) Ciclo de Formación Docente Especializada
CAPÍTULO II.1
Ciclo de Formación Docente Común
Art. 4º: Comprende el desarrollo de las áreas de formación pedagógica e institucional. Tendrá lugar mediante la implementación de seminarios y talleres, y otras actividades académicas que se consideren pertinentes, tanto para el cumplimiento de los objetivos deseados como en razón del tipo de alumnos del plan.
Art. 5º: Los seminarios se prepararán con el objeto de organizar los procesos de conocimientos de modo dinámico, mediante sistemas de trabajo en equipo que favorezcan el desarrollo de las habilidades implicadas.
Art. 6º: Los talleres posibilitarán el trabajo y colaboración para el tratamiento y resolución de problemas, comunicación e intercambio de experiencias y logro de acuerdos para emprender acciones conjuntas.
Art. 7º: En el entendimiento que tales seminarios y talleres enfatizan la participación activa de los cursantes, y favorecen el compromiso y responsabilidad por el propio aprendizaje, los contenidos se seleccionarán de acuerdo con los temas y problemas derivados de las áreas mencinadas, y mediante la selección, por parte del aspirante, de dos (2) cursos optativos, a elegir entre los que se dicten en las distintas Unidades Académicass de la Uinversidad Nacional de La Plata.
Art. 8º: El área pedagógica se implementará a través de la organización y dictado de cuatro (4) seminarios y dos (2) talleres correlacionados que abordarán los aspectos filosóficos, psicológicos, políticos y educacionales relativos a la teoría, planteamiento, diseño y evaluación y administración de los sistemas educativos especialmente referidos al ámbito universitario.
Art. 9º: El área institucional se implementará a través de la organización y dictado de dos (2) seminarios y un (1) taller correlacionado que abarcarán los aspectos sociopolíticos institucionales relativos a la educación universitaria.
CAPÍTULO
II.2
Ciclo de Formación Docente Especializada
Art. 10º: Comprende el desarrollo y profundización de la formación y capacitación científica específicas de cada carrera, disciplina o actividad, y la práctica docente propiamente dicha. Para el aspirante deberá prestar servicios como docente adscripto en un Departamento, Instituto, Área o Cátedra determinada por la Unidad Académica que escogiere para la realización de este Ciclo.
Art. 11º: Al finalizar cada ciclo lectivo, el adscripto deberá presentar a esa Unidad, un informe mediante el cual el Profesor responsable del Departamento, Instituto, Área o Cátedra en la que ha trabajado certifique un plan de actividades cumpliendo en investigación, docencia y extensión, según las especificaciones que se elaboren en las distintas Unidades Académicas, la que, de tal modo, se responsabilizarán del eficiente cumplimiento de esas tareas.
TÍTULO
II.3
Esquema y codificación de la organización de los estudios
Art. 12º: A los efectos prácticos y de control, el esquema y codificación de la organización de los estudios es el siguiente:
I. Ciclo de Formación Docente Común
I.1 Área
Pedagógica
I.1.1-----------
Seminario: Aspectos filosóficos y pedagógicos
I.1.2-----------
Seminario: Fundamentos psicológicos de la educación
I.1.3-----------
Seminario: Planeamiento curricular
I.1.4-----------
Seminario: Desarrollo de la enseñanza universitaria
I.1.5-----------
Taller: Correlacionado con Seminario I.1.2
I.1.6-----------
Taller: Correlacionado con Seminarios I.1.3 y I.1.4
I.1.7-----------
Curso optativo: de la Universidad Nacional de La Plata
I.1.8-----------
Curso optativo: de la Universidad Nacional de La Plata
I.2 Área
Institucional-social
I.2.1 -----------Seminario:
Aspectos políticos-institucionales
I.2.2-----------
Seminario: Aspectos socio-políticos
I.2.3
-----------Taller:
Correlacionado con Seminario I.2.1
II. Ciclo de Formación Docente Especializada
II.1 Área
Capacitación Científica
II.1.1-----------Actividades
de docencia, investigación y extensión
II.1.2 -----------Adscripción
a un Departamento, Área o Cátedra, según lo determine cada
Unidad Académica, e integrada a II.1.1
TÍTULO
II.4
Acreditación de la condición de Docente Universitario Autorizado
Art. 13º:
El aspirante obtendrá la acreditación de la condición de
Docente Universitario Autorizado cuando haya cumplido los siguientes requisitos:
1.- Aprobación de los Seminarios-Taller y Cursos Optativos correspondientes
al Ciclo de Formación Docente Común.
2.- Aprobación de los Requisitos exigidos en el Ciclo de Formación
Docente Especializada.
3.- Aprobación de una actividad que implique la ejecución de un
plan de trabajo pertinente para el área o disciplina en la que se ha
desempeñado y que integre los aspectos de investigación, docencia
y extensión. Dichos trabajos deberán cumplir con las especificaciones
que en tal sentido elabore la Comisión de Carrera Docente Universitaria
de cada Unidad Académica y deberán ser presentados y definidos
en esa instancia.
CAPÍTULO
III
NÚCLEO TEMÁTICOS DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS PREVISTAS
Art. 14º: Los núcleos temáticos de los seminarios y talleres correlacionados, son los siguientes (se mantiene la clasificación descripta en el art. 18º):
Seminario I.1.1-----------Aspectos Filosóficos y Pedagógicos
-----------Estudio
y análisis del marco teórico y los modelos en los que se inscribe
la educación universitaria (teorías educativas, diferentes modelos
de enseñanzas-aprendizaje).
-----------Análisis
de la problemática educativa contemporánea, con especial referencia
a la Educación Superior, en los órdenes internacional, regional
y particularmente en la República Argentina.
Seminario I.1.2-----------Fundamentos
Psicológicos de la Educación
-----------Teorías
y modelos que fundamentan las prácticas educativas en el nivel terciario.
-----------Caracterización
de la población estudiantil. Análisis de la interacción
docente-alumno y conocimiento de las teorías y prácticas del trabajo
grupal.
Seminario I.1.3 -----------Planeamiento
Curricular
-----------Diseño
y elaboración del Currículum en la educación universitaria.
Análisis de planes de estudio y proyectos.
-----------La
problemática de la evaluación en el nivel universitario.
Seminario I.1.4 -----------Desarrollo
de la Enseñanza Universitaria
-----------La
investigación sobre la Enseñanza Superior Universitaria. Criterios
de organización e implementación Curricular. La producción
de medios tecnológicos para la enseñanza universitaria. Sistemas
presenciales. El rol del docente universitario. Elaboración de métodos
de enseñanza y evaluación, producción y utilización
de medios no convencionales en Educación en general y en el nivel Superior
Universitario en particular.
-----------Conocimiento
de las orientaciones y resultados de las investigaciones a Nivel Superior.
Taller I.1.5-----------Lectura
y análisis de programas y asignaturas. Elaboración de diseños
curriculares. Reformulación de contenidos siguiendo criterios pedagógicos.
Propuestas de actividades docentes, y de trabajo grupal. Propuestas de evaluación
según diferentes criterios.
Taller I.1.6-----------Estudios de programas, proyectos y planes de investigación. Estudio de materiales de autoinstrucción. Análisis y propuestas de instrumentos de evaluación. Implementación de tecnologías educativas.
Cursos
Optativos I.1.7 y I.1.8
-----------Con
acuerdo de la Comisión de Carrera Docente de la Unidad Académica
escogida para la realización del Ciclo de Formación Docente Especializado,
el aspirante optará por dos (2) Cursos de entre los que se dictan regularmente
en las distintas Unidades Académicas de esta Universidad, cuyas temáticas
se relacionan con disciplinas de base, como Pedagogía, Filosofía,
Psicología, Didáctica, Antropología, Sociología,
Política, Economía e Historia. Esta mención es orientativa
y no excluyente de otras posibilidades.
Seminario I.2.1 -----------Aspectos
Políticos-Institucionales
-----------Evolución
histórica, situación actual y perspectiva de la Enseñanza
Superior. Funciones de la Universidad. Conocimiento de la Organización
y de las políticas educativas, universitaria, de las instituciones nacionales
e internacionales. Organización y administración de la Universidad.
Extensión universitaria. Trabajo en la comunidad y otros organismos gubernamentales.
Legislación universitaria.
Seminario I.2.1 -----------Aspectos
Socio-Políticos
-----------Conocimiento
de la problemática social que determina el ejercicio profesional. Demanda
socio-política, económica y cultural en el contexto regional,
nacional e internacional (funciones de la Universidad). Análisis comparativo
con otras Universidades y Facultades (Nacionales e Internacionales). Educación
comparada. Proyectos, Plan de desarrollo de la Universidad. Organización
curricular de pre-grado y post-grado (Licenciatura, Maestría, Doctorado).
Taller 1.2.3 -----------Lectura
y análisis crítico de bibliografía, formulación
de propuestas. Estudio del Estatuto Universitario y las reglamentaciones vigentes.
Análisis comparado de las mismas.
-----------Las
Unidades Académicas en las que ya existan esquemas de capacitación
docente deberán coordinar el funcionamiento de los mismos con la Facultad
de Humanidades y Ciencias de la Educación (Departamento de Ciencias de
la Educación). En caso de discrepancia resolverá en última
instancia la Comisión de Enseñanza del Consejo Superior.
Art. 15º: Las actividades previstas en el Ciclo de Formación
Docente Especializada serán diseñadas por la Unidad Académica
en la que el aspirante registre su insripción, según los objetivos
y fundamentos de la presente ordenanza y respetando las características
y modalidades operativas de cada Unidad.
CAPÍTULO
IV
DE LA REGLAMENTACIÓN
Art. 16º: Será requisito indispensable para la realización de la Carrera Docente, poseer título universitario expedido por la Universidad del país oficialmente reconocido o extranjero revalidado.
Art. 17º: La Presidencia de la Universidad reglamentará el tiempo y forma de la inscripción de la carrera cada año.
Art. 18º: Las solicitudes de inscripción serán evaluadas por la comisión de la Carrera Docente Universitaria que, a los efectos de la aplicación de la presente Ordenanza, constituirá cada Unidad Académica y que funcionará con dependendencia del Consejo Académico o Directivo. En la oportunidad, la Comisión evaluará también la adscripción y el plan de actividades referidos en los artículos 16º y 17º de esta Ordenanza, que al momento de la inscripción propondrá el aspirante con la conformidad del profesor responsable del Departamento, Instituto, Área o Cátedra elegidos para desarrollarlos.
Art. 19º: La Comisión podrá sugerir al interesado las modificaciones a la propuesta que estimare pertinentes. En cualquier caso, la decisión de la admisión del aspirante a la carrera será de responsabilidad del Consejo Académico o Directivo, sobre la base del informe que eleve la Comisión.
Art. 20º: La coordinación de las actividades que surjan de acuerdo con lo dispuesto por esta Ordenanza, quedará a cargo de la Secretaría de Asuntos Académicos de la Universidad.
Art. 21º: La Secretaría de Asuntos Académicos de la Universidad, a través de su Dirección de Recursos Humanos, girará un juego de la documentación reunida al Departamento de Ciencias de la Educación de la Facultad de Humanidades y Cs. de la Educación, en cuyo ámbito se desarrollará el Área Pedagógica I.1 (Seminarios I.1.1, I.1.2, I.1.3 y I.1.4 y Talleres I.1.5 y I.1.6 del Ciclo de Formación Docente Común), y comunicará oportunamente a los titulares de las cátedras por cuyos cursos (I.1.7 y I.1.8) hubiere optado el aspirante, la inscripción del mismo.
Art. 22º: La Carrera Docente Universitaria se desarrollará en un mínimo de tres (3) años académicos, de acuerdo al siguiente cronograma:
--------------------1er
Semestre-----------Seminario
I.1.1 3 hs. Semanales (y Taller I.1.5)
--------------------1er
Semestre-----------Seminario
I.1.2 3 hs. Semanales
1º año:
--------------------2do
Semestre-----------Seminario
I.1.3 3 hs. Semanales
--------------------2do
Semestre-----------Seminario
I.1.1 3 hs. Semanales (y Taller I.1.6)
-----------Simultáneamente,
y en el curso del año, se desarrollarán en forma integrada las
actividades de adscripción e investigación correspondientes al
Ciclo de Formación Docente Especializada, el que se cumplirá de
ese modo también en los dos años siguientes:
2º
año: -------------1er
Semestre Seminario I.2.1 3 hs. Semanales (y Taller I.2.3)
2º año: -------------2do Semestre
Seminario I.2.2 3 hs. Semanales
2º
año: -------------En
forma anual, Curso Optativo I.1.7
3º año: -------------En
forma anual, Curso Optativo I.1.8
Art. 23º: El régimen académico correspondiente a Seminarios y Talleres y Cursos Optativos, incluidas las condiciones de aprobación, será el que determine o esté determinado por las Unidades Académicas a cuyos ámbitos pertenezca, según las atribuciones conferidas en tal sentido, a los Consejos Académicos por el artículo 76 del Estatuto de la Univesidad.
Art. 24º: La modalidad de la adscripción y las tareas de Investigación será la que surja de la aplicación de los artículos 24 y 25 de la presente, debiendo el docente responsable del Departamento, Área o Cátedra en la que se realicen, elevar un informe anual a la Comisión de Carrera Docente Universitaria de la Unidad Académica. El informe deberá ser aprobado por el Consejo Académico antes de la iniciación del Ciclo siguiente.
Art. 25º: Las Unidades Académicas involucradas comunicarán los avances registados por los cursantes a la Secretaría de Asuntos Académicos de la Universidad, como así también las novedades que resulten de interés a los fines de control.
Art. 26º:
Aquellos que realicen esta Carrera en forma discontinua deberán justificarlo
ante el Consejo Académico, el que resolverá en definitiva.
Los estudios y actividades de perfeccionamiento en el extranjero, debidamente
evaluados, podrán ser causa válida, entre otras, para la interrupción
de la carrera, y los trabajos científicos realizados en tales condiciones
como así también los de Maestría y/o Doctorados, podrán
tener validez a los fines de las actividades de adscripción y de investigación
programadas para el cursante.
Art. 27º: Cumplidos todos los requisitos establecidos
por esta ordenanza, el cursante obtendrá la condición de Docente
Universitario Autorizado, lo que quedará certificado en diploma expedido
por la Uniadad Académica en la que hubiere desarrollado el Ciclo de Formación
Docente Especializado.
Art. 28º: Queda derogada la Ordenanza Nº 116 y toda otra norma que se oponga a la presente.
Art. 29º: Comuníquese a todas las Unidades Académicas de Enseñanza Superior, tomen razón Secretaría de Asuntos Académicos, de Asuntos Jurídico Legales, de Asuntos Económico Financieros, de Ciencia y Técnica y de Extensión Cultural y Difusión, Dirección General Operativa y Dirección de Título de Títulos y Certificaciones. Cumplido archívese.